PACTA LEGEM

Abogados en Madrid | Constitución de sociedades en el extranjero

Asesoramiento especializado en la creación de empresas fuera de España, estructuras corporativas y fiscalidad internacional. Primera consulta sin compromiso.

¿Qué implica constituir una sociedad en el extranjero?

La constitución de sociedades en el extranjero engloba todas aquellas operaciones destinadas a crear una estructura empresarial fuera de España. Este proceso requiere un análisis detallado de la jurisdicción elegida, la fiscalidad aplicable y el cumplimiento normativo tanto en el país de origen como en el de destino, garantizando la seguridad jurídica de la inversión.
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¿Cómo actuamos en tu internacionalización?

En Pacta Legem abordamos este tipo de operaciones desde el análisis estratégico del proyecto antes de cualquier trámite. Nuestro objetivo es diseñar la estructura societaria más eficiente y segura para tus intereses comerciales.
Análisis del proyecto y jurisdicción

Revisamos los objetivos comerciales, la viabilidad jurídica y las ventajas fiscales de las diferentes jurisdicciones antes de iniciar el proceso de constitución.

Diseño de la estructura societaria

Definimos el modelo societario más adecuado desde el primer momento. Una correcta planificación inicial puede determinar el éxito y la rentabilidad de la operación internacional.

Trámites de constitución y registro

Acompañamiento completo a lo largo del procedimiento: redacción de estatutos, obtención de licencias, apertura de cuentas bancarias y registro mercantil en el país de destino.

Cumplimiento normativo y fiscal

Una vez constituida la sociedad, analizamos las obligaciones fiscales y mercantiles para asegurar el cumplimiento normativo tanto en España como en la jurisdicción extranjera.

Servicios de constitución internacional que cubrimos
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Preguntas frecuentes sobre sociedades en el extranjero

Depende de la jurisdicción elegida y la complejidad de la estructura. En algunos países el proceso puede completarse en pocos días, mientras que en otros requiere semanas debido a los trámites bancarios y notariales.
La principal diferencia radica en la responsabilidad y la fiscalidad. Una filial es una sociedad independiente con personalidad jurídica propia, mientras que una sucursal es una extensión de la matriz española sin personalidad jurídica diferenciada.
Sí. La normativa española exige declarar las inversiones en el extranjero y cumplir con las obligaciones de información fiscal (como el modelo 720 o la declaración de operaciones vinculadas) si eres residente fiscal en España.
Depende del país de destino. En muchas jurisdicciones es posible constituir la sociedad mediante poderes notariales apostillados, sin necesidad de que los socios fundadores se desplacen físicamente al país.