PACTA LEGEM

Abogado civilista en Madrid | Segunda Oportunidad e Insolvencia

Asesoramiento legal especializado en la Ley de Segunda Oportunidad para cancelar deudas y empezar de cero en Madrid.

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal diseñado para que particulares y autónomos que se encuentran en una situación de insolvencia puedan cancelar sus deudas y empezar de nuevo. Permite la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI), liberando al deudor de las obligaciones económicas que no puede asumir, protegiendo su futuro financiero y evitando el embargo perpetuo de sus ingresos.

¿Cómo actuamos en casos de insolvencia?

En Pacta Legem analizamos su situación financiera de forma detallada para determinar si cumple los requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad. Le acompañamos en todo el proceso, desde la recopilación de documentación hasta la obtención de la resolución judicial que cancela sus deudas, protegiendo sus bienes esenciales en la medida de lo posible.
Estudio de viabilidad

Analizamos su nivel de endeudamiento, ingresos y patrimonio para confirmar que cumple los requisitos legales (buena fe, insolvencia actual o inminente) y diseñar la mejor estrategia para cancelar sus deudas.

Preparación del expediente

Nos encargamos de recopilar y organizar toda la documentación económica, financiera y patrimonial necesaria para presentar la solicitud ante el juzgado de forma impecable y sin retrasos.

Protección del patrimonio

Evaluamos las opciones legales para proteger su vivienda habitual y otros bienes esenciales, buscando siempre la alternativa que resulte más favorable para su estabilidad personal y familiar.

Obtención de la exoneración (EPI)

Dirigimos el procedimiento judicial hasta conseguir el auto que declara la Exoneración del Pasivo Insatisfecho, lo que supone la cancelación legal y definitiva de sus deudas.

Servicios de insolvencia y segunda oportunidad
Por qué confiar en Pacta Legem para su segunda oportunidad

Preguntas frecuentes sobre la Segunda Oportunidad

Los requisitos principales son: ser persona física (particular o autónomo), encontrarse en situación de insolvencia (no poder pagar las deudas), actuar de buena fe (no haber sido condenado por delitos socioeconómicos en los últimos 10 años) y que la deuda no supere los 5 millones de euros.
Sí, con la última reforma de la ley es posible cancelar hasta 10.000 euros de deuda con Hacienda y otros 10.000 euros con la Seguridad Social. El resto de la deuda pública deberá someterse a un plan de pagos.
No necesariamente. La ley permite en muchos casos conservar la vivienda habitual, especialmente si el valor de la hipoteca pendiente es superior al valor de mercado de la vivienda, o si se opta por un plan de pagos en lugar de la liquidación total del patrimonio.
El tiempo varía dependiendo de la complejidad del caso y de la saturación del juzgado correspondiente, pero con la reciente reforma que elimina la fase extrajudicial obligatoria, el proceso se ha agilizado significativamente, pudiendo resolverse en un plazo de entre 6 y 18 meses.