PACTA LEGEM

Abogado civilista en Madrid Herencias y Particiones

Asesoramiento experto en la tramitación de herencias. Declaración de herederos, inventario, cuaderno particional y liquidación de impuestos.

¿Qué son las herencias y particiones?

La herencia comprende el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que deja una persona a su fallecimiento y que no se extinguen con su muerte. La partición hereditaria es el procedimiento jurídico mediante el cual se pone fin a la comunidad hereditaria, distribuyendo el caudal relicto entre los coherederos en proporción a sus respectivas cuotas. Este proceso, a menudo complejo por su carga emocional y técnica, requiere un riguroso cumplimiento de las formalidades civiles y fiscales para garantizar una transmisión patrimonial pacífica, legal y económicamente eficiente.

¿Cómo actuamos en materia de herencias?

En Pacta Legem abordamos la tramitación de herencias desde una perspectiva integral, combinando la excelencia técnica en derecho civil y fiscal con una probada capacidad de mediación en conflictos familiares. Nuestro equipo de abogados en Madrid asume la gestión completa del proceso sucesorio, desde la obtención de los certificados iniciales hasta la inscripción de los bienes en el Registro de la Propiedad. Priorizamos siempre el acuerdo extrajudicial mediante la redacción de cuadernos particionales equitativos, pero contamos con amplia experiencia en la dirección letrada de procedimientos judiciales de división de herencia cuando el consenso resulta inviable.
Trámites iniciales y declaración de herederos

Gestionamos la obtención del certificado de defunción, el certificado de actos de última voluntad y el de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Si el causante falleció sin otorgar testamento, tramitamos el acta notarial de declaración de herederos abintestato, reuniendo la prueba documental y testifical necesaria para acreditar el parentesco y el derecho a suceder.

Inventario, avalúo y liquidación

Elaboramos un inventario exhaustivo del activo (inmuebles, saldos bancarios, productos financieros, vehículos, ajuar doméstico) y del pasivo (deudas, hipotecas, gastos de última enfermedad y sepelio). Realizamos una valoración objetiva y actualizada de los bienes, procediendo a la liquidación de la sociedad de gananciales si el causante estaba casado bajo este régimen económico matrimonial.

Redacción del cuaderno particional

Confeccionamos el cuaderno particional, el documento jurídico fundamental que recoge los antecedentes, el inventario, el avalúo, la liquidación y la adjudicación concreta de los lotes a cada heredero. Nos aseguramos de que el reparto respete escrupulosamente las disposiciones testamentarias, las legítimas legales y busque la mayor eficiencia fiscal para todos los intervinientes.

División judicial de la herencia

Cuando las discrepancias sobre la valoración de los bienes o la formación de los lotes hacen imposible el acuerdo, instamos el procedimiento judicial de división de herencia. Intervenimos en las comparecencias, proponemos contadores-partidores y peritos tasadores, y defendemos tus derechos hereditarios hasta la aprobación judicial de las operaciones particionales y su posterior ejecución.

Trámites de herencias que cubrimos
Por qué confiar en Pacta Legem para tu herencia

Preguntas frecuentes sobre herencias

El plazo general para presentar y liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, así como la Plusvalía Municipal (si existen bienes inmuebles urbanos), es de 6 meses desde la fecha del fallecimiento. No obstante, es posible solicitar una prórroga por otros 6 meses adicionales, siempre que se pida dentro de los primeros 5 meses.
Si un heredero bloquea la partición por inactividad o negativa injustificada, los demás coherederos que representen al menos el 50% del haber hereditario pueden acudir al notario para solicitar el nombramiento de un contador-partidor dativo. Este profesional realizará la partición, que requerirá aprobación del notario o del Letrado de la Administración de Justicia si el heredero disidente sigue sin aceptarla.
Sí, la renuncia o repudiación de la herencia es un acto enteramente libre y voluntario que debe formalizarse obligatoriamente en escritura pública ante notario. Si existen deudas, otra opción muy recomendable es aceptar la herencia ‘a beneficio de inventario’, lo que garantiza que el heredero solo responderá de las deudas del fallecido hasta donde alcance el valor de los bienes heredados, protegiendo así su patrimonio personal.
La legítima es la porción de bienes de la herencia de la que el testador no puede disponer libremente, por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados ‘herederos forzosos’. En el derecho común, son legitimarios los hijos y descendientes, a falta de estos los padres y ascendientes, y el cónyuge viudo, a quien siempre le corresponde el usufructo de una parte de la herencia.