PACTA LEGEM

Abogado mercantil en Madrid | Contratación Mercantil

Redacción, revisión y negociación de contratos comerciales para proteger los intereses de tu empresa. Primera consulta sin compromiso.

¿Qué es la contratación mercantil?

La contratación mercantil abarca todos los acuerdos legales entre empresas o profesionales. Un contrato bien redactado es la mejor herramienta preventiva para evitar litigios, asegurar el cumplimiento de las obligaciones y proteger el patrimonio empresarial.
Contratación Mercantil | Pacta Legem Abogados Madrid

¿Cómo actuamos en tu defensa?

En Pacta Legem abordamos este tipo de procedimientos desde el análisis forense del caso antes de cualquier declaración. Estudiamos el atestado policial, la calificación provisional del Ministerio Fiscal y los elementos probatorios disponibles para construir una estrategia de defensa sólida desde el inicio.

Análisis del caso y valoración penal

Revisamos los hechos, la calificación jurídica y las posibles atenuantes o eximentes antes de que se produzca ninguna declaración.

Asistencia al detenido

Actuamos en comisaría desde el primer momento. El acceso inmediato a un abogado puede determinar el desarrollo completo del procedimiento.

Defensa en instrucción y juicio oral

Acompañamiento completo a lo largo del procedimiento: diligencias previas, fase de instrucción, escrito de defensa y juicio oral ante la Audiencia o el Juzgado de lo Penal.

Recursos y apelaciones

Si la sentencia no es favorable, analizamos las vías de recurso ante la Audiencia Provincial o el Tribunal Superior de Justicia.

Tipos de contratos mercantiles que gestionamos
Por qué confiar en Pacta Legem para este tipo de casos

Preguntas frecuentes sobre contratación mercantil

Los modelos genéricos no contemplan las particularidades de tu negocio ni los riesgos específicos de la operación. Un contrato a medida previene vacíos legales y cláusulas nulas que podrían perjudicarte en caso de conflicto.
Es un contrato que obliga a las partes a mantener en secreto la información sensible compartida durante una negociación o relación comercial, estableciendo penalizaciones en caso de incumplimiento.
Sí, siempre que ambas partes estén de acuerdo. La modificación debe formalizarse mediante un anexo o adenda al contrato original, firmado por todos los intervinientes.
Ante un incumplimiento, se puede exigir el cumplimiento forzoso o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización por daños y perjuicios, según lo estipulado en el propio acuerdo y la ley.